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Ley
Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y sus delegaciones, que por ley tienen la facultad de actuar en este tema, deben trabajar juntas para acabar con la violencia en las familias. Esto significa que todas las instituciones encargadas tienen que coordinarse y no actuar por separado. El objetivo es que, entre todas, logren eliminar por completo la violencia que ocurre dentro del hogar. Así, nadie se hace de la vista gorda y se buscan soluciones en equipo.

Texto oficial

Artículo 3º.- Las dependencias y las Delegaciones que de conformidad con la Ley tienen atribuciones en la materia, se coordinarán entre sí con el objeto de erradicar la práctica de la violencia intrafamiliar.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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