- Ley
- Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y sus delegaciones, que por ley tienen la facultad de actuar en este tema, deben trabajar juntas para acabar con la violencia en las familias. Esto significa que todas las instituciones encargadas tienen que coordinarse y no actuar por separado. El objetivo es que, entre todas, logren eliminar por completo la violencia que ocurre dentro del hogar. Así, nadie se hace de la vista gorda y se buscan soluciones en equipo.
Texto oficial
Artículo 3º.- Las dependencias y las Delegaciones que de conformidad con la Ley tienen atribuciones en la materia, se coordinarán entre sí con el objeto de erradicar la práctica de la violencia intrafamiliar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.