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Ley
Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Unidades son las que se encargan de darte apoyo legal y psicológico, además de ayudarte a resolver problemas mediante pláticas para llegar a un acuerdo. La conciliación es cuando un mediador ayuda a las dos partes a ponerse de acuerdo sin ir a juicio. La amigable composición es cuando las personas involucradas deciden buscar una solución justa con la ayuda de un tercero imparcial. Todo esto se hace directamente en las Unidades, sin que tengas que ir a otro lado.

Texto oficial

Artículo 5º.- La asistencia jurídica y psicoterapéutica y los procedimientos de conciliación y amigable composición se efectuarán a través de las Unidades.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.