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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
109

Artículo 109 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 109 dice que cuando las áreas que gastan dinero público hacen cambios en su presupuesto, esos cambios pueden ser de tres tipos. El primero es cuando se alteran tanto el dinero que tienen autorizado como los resultados que deben cumplir. El segundo es cuando solo se cambia el presupuesto, pero no las metas. Y el tercero es cuando solo se modifican los resultados esperados, sin tocar el dinero asignado.

Texto oficial

Artículo 109.- Las Adecuaciones Presupuestarias que elaboren las Unidades Responsables del Gasto, podrán tener las modalidades siguientes: I. Las que afecten simultáneamente su presupuesto y resultados autorizados; II. Aquéllas que modifiquen el presupuesto, y III. Las que modifiquen los resultados establecidos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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