- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 109
Artículo 109 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 109 dice que cuando las áreas que gastan dinero público hacen cambios en su presupuesto, esos cambios pueden ser de tres tipos. El primero es cuando se alteran tanto el dinero que tienen autorizado como los resultados que deben cumplir. El segundo es cuando solo se cambia el presupuesto, pero no las metas. Y el tercero es cuando solo se modifican los resultados esperados, sin tocar el dinero asignado.
Texto oficial
Artículo 109.- Las Adecuaciones Presupuestarias que elaboren las Unidades Responsables del Gasto, podrán tener las modalidades siguientes: I. Las que afecten simultáneamente su presupuesto y resultados autorizados; II. Aquéllas que modifiquen el presupuesto, y III. Las que modifiquen los resultados establecidos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.