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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
148

Artículo 148 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las cuentas con las que el gobierno lleva el registro de su dinero se dividen en cinco categorías principales. Primero, el Activo es todo lo que el gobierno tiene, como dinero en caja o edificios. El Pasivo son las deudas que debe pagar. La Hacienda Pública o Patrimonio es el valor neto del gobierno, lo que le queda después de restar sus deudas. También están los ingresos (lo que recauda, como impuestos) y los gastos públicos (en lo que gasta, como sueldos o carreteras). Por último, hay cuentas especiales llamadas de orden, que solo sirven para llevar un control interno.

Texto oficial

Artículo 148.- Las Listas de Cuentas para el Registro de las Operaciones estarán integradas por los siguientes grupos de: I. Activo; II. Pasivo; III. Hacienda Pública o Patrimonio; IV. Ingresos y gastos públicos, y V. Orden o memoranda.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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