- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 169
Artículo 169 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define cuatro términos importantes para entender cómo se evalúa el gasto público. La **eficacia** mide si los programas del gobierno cumplieron con lo que prometieron. La **eficiencia** compara lo que se logró con los recursos que se usaron. El **grado de congruencia** checa si el dinero que se planeó gastar fue el mismo que realmente se gastó. Por último, la **cobertura** ve qué porcentaje de la gente que se quería ayudar fue la que realmente recibió el beneficio.
Texto oficial
Artículo 169.- Para efectos del Informe Trimestral y de la Cuenta Pública, se entiende por: I. Eficacia: El grado de cumplimiento de los objetivos y metas de los Programas presupuestarios para el ejercicio fiscal; II. Eficiencia: La relación entre los productos y servicios generados con respecto a los insumos o recursos utilizados; III. Grado de Congruencia: La relación entre el recurso programado para los Programas presupuestarios con el recurso real ejecutado, y IV. Cobertura: La relación porcentual entre la población beneficiaria y la población objetivo de un Programa presupuestario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.