- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 178
Artículo 178 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas principales de cada área del gobierno deben decirle a las oficinas más pequeñas de su mismo sector cómo y cada cuándo tienen que mandarles información sobre su dinero, gastos, presupuesto, resultados y economía. Esto sirve para juntar toda la información de ese sector y también para otros fines que se necesiten. En palabras simples: las jefaturas le avisan a sus equipos las reglas para entregar reportes financieros.
Texto oficial
Artículo 178.- Las dependencias coordinadoras de sector darán a conocer a sus entidades coordinadas la forma, términos y periodicidad conforme a los cuales deberán proporcionarle información contable, financiera, presupuestal, de resultados y económica, tanto para efecto de consolidaciones sectoriales, como para otros fines específicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.