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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
178

Artículo 178 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas principales de cada área del gobierno deben decirle a las oficinas más pequeñas de su mismo sector cómo y cada cuándo tienen que mandarles información sobre su dinero, gastos, presupuesto, resultados y economía. Esto sirve para juntar toda la información de ese sector y también para otros fines que se necesiten. En palabras simples: las jefaturas le avisan a sus equipos las reglas para entregar reportes financieros.

Texto oficial

Artículo 178.- Las dependencias coordinadoras de sector darán a conocer a sus entidades coordinadas la forma, términos y periodicidad conforme a los cuales deberán proporcionarle información contable, financiera, presupuestal, de resultados y económica, tanto para efecto de consolidaciones sectoriales, como para otros fines específicos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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