- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para inscribir cambios en un fideicomiso público, debes presentar los documentos a través del director general, secretario técnico, o el fiduciario (la persona que administra el fideicomiso). Necesitas incluir: la razón del cambio, la autorización de la Secretaría, el convenio firmado ante notario, un acuerdo del Comité Técnico que apruebe la modificación, y cualquier otro documento que pida la Procuraduría Fiscal. Todo debe estar debidamente certificado.
Texto oficial
Artículo 26.- Las solicitudes de inscripción de convenios modificatorios de fideicomisos públicos se efectuarán por conducto de la persona titular de la Dirección General, secretaría técnica u homóloga, o en su caso, del fiduciario, integrando la información siguiente: I. Justificación de la modificación; II. Autorización de la Secretaría para la modificación del fideicomiso; III. Convenio modificatorio debidamente certificado o protocolizado ante notario público; IV. Acuerdo del Comité Técnico donde se aprueba o ratifica la modificación del contrato, y V. Las demás que requiera la Procuraduría Fiscal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.