- Ley
- Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
- Artículo
- 52
Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a revisar que los datos que le manden las dependencias que manejan el dinero público estén correctos. Cuando ya los chequé, los va a publicar en su sitio de internet para que cualquier persona pueda verlos. Así, tú, como ciudadano, puedes consultar esos informes cuando quieras desde la página oficial.
Texto oficial
Artículo 52.- La Secretaría, una vez validada la información enviada por las Unidades Responsables del Gasto, procederá a la publicación de los informes, mismos que estarán a disposición del público en general a través de la página electrónica destinada a estos fines.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.