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Ley
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México
Artículo
78

Artículo 78 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las dependencias del gobierno que manejan dinero público están obligadas a usar la Clave Presupuestaria, que es como un código único para identificar a dónde va cada gasto. La Secretaría (la autoridad encargada) tiene que revisar que estas dependencias siempre usen la estructura correcta de esa clave al hacer sus trámites de gasto. En otras palabras, nadie puede gastar sin dar bien los datos de la clave, porque así se lleva un control. Es una regla general que aplica para cualquier uso del dinero público.

Texto oficial

Artículo 78.- La Clave Presupuestaria es de carácter obligatorio para las Unidades Responsables del Gasto. En la realización de los trámites presupuestarios, la Secretaría deberá verificar que las Unidades Responsables del Gasto observen en todos los casos la estructura y los elementos que integran la Clave Presupuestaria. Título Tercero Del Ejercicio del Gasto Público Capítulo I Disposiciones Generales para el Ejercicio Presupuestal

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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