- Ley
- Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
- Artículo
- 29
Artículo 29 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presidente del jurado, que es quien dirige las evaluaciones o concursos, tiene que decir en voz alta quiénes son los aspirantes que obtuvieron las calificaciones más altas. Esto se hace una vez que ya decidieron quiénes fueron los mejores. La idea es que la información sea pública, para que todos sepan quiénes ganaron.
Texto oficial
Artículo 29.- El Presidente del Jurado, una vez tomada la decisión acerca del aspirante o aspirantes con mayores calificaciones, la dará a conocer en público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.