- Ley
- Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio del Fuero Común en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una persona está presa y tiene derecho a salir bajo fianza, la Defensoría de Oficio (abogados del gobierno que defienden gratis a quienes no pueden pagar uno) se encargará de tramitar una fianza más barata o accesible. Esto se llama "fianza de interés social", y su objetivo es que el acusado pueda recuperar su libertad mientras espera el juicio, sin tener que pagar una cantidad imposible para él. Solo aplica en casos donde la ley lo permita.
Texto oficial
Artículo 36.- En los casos procedentes la Defensoría de Oficio en materia penal gestionará fianzas de interés social, a fin de obtener la libertad de los internos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.