- Ley
- Reglamento de la Ley de los derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 del Reglamento de la Ley de los derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gabinete se encarga de planear, organizar y coordinar todas las acciones del gobierno de la Ciudad de México que tengan que ver con los jóvenes. También supervisa y evalúa cómo se están aplicando esas políticas. Todo esto lo hace siguiendo el plan general de desarrollo de la ciudad y los programas que salgan de ahí. Además, debe cumplir con lo que indique la persona que sea jefa de gobierno local.
Texto oficial
Artículo 34. El Gabinete tiene por objeto la planeación, programación, organización, coordinación, monitoreo y evaluación de la instrumentación de la política en materia de juventud de la Ciudad de México, conforme al Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, los Programas que de éste se deriven y los que establezca la persona titular del Ejecutivo Local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.