- Ley
- Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien quiere hacer un trato o convenio con otra oficina del gobierno, esa oficina debe tener todo lo necesario para cumplir su parte: el personal preparado, el dinero, los materiales y la organización adecuada. No se vale ponerse de acuerdo si no están listos para hacer bien el trabajo. Esto aplica para cualquier dependencia, órgano o entidad que quiera colaborar.
Texto oficial
Artículo 12. Para la celebración de convenios de coordinación con otras Dependencias, Órganos o Entidades, será obligatorio que éstos cuenten con los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros, así como la estructura institucional específica para el desarrollo de las funciones y actividades que asuman.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.