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Ley
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien quiere hacer un trato o convenio con otra oficina del gobierno, esa oficina debe tener todo lo necesario para cumplir su parte: el personal preparado, el dinero, los materiales y la organización adecuada. No se vale ponerse de acuerdo si no están listos para hacer bien el trabajo. Esto aplica para cualquier dependencia, órgano o entidad que quiera colaborar.

Texto oficial

Artículo 12. Para la celebración de convenios de coordinación con otras Dependencias, Órganos o Entidades, será obligatorio que éstos cuenten con los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros, así como la estructura institucional específica para el desarrollo de las funciones y actividades que asuman.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.