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Ley
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno que apoya a las empresas) puede hacer acuerdos con personas o empresas de ciertos sectores para que las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas) puedan entrar más fácil a los Programas de apoyo. Estos acuerdos pueden tratar sobre todo lo que dice el artículo 14 de esta Ley, como reglas para dar apoyos o créditos. Al hacer estos convenios, tienen que seguir lo que marca la ley en los artículos 11 y 14. En pocas palabras, el gobierno puede aliarse con otros para ayudar más rápido a los pequeños negocios.

Texto oficial

Artículo 13. La Secretaría, con el fin de facilitar a las MIPYMES el acceso a los Programas, podrá suscribir convenios con personas físicas y morales de los Sectores, en términos de los artículos 11 y 14 de la Ley. Dichos convenios podrán versar sobre todos los aspectos considerados en el artículo 14 de la Ley, para lo cual se observarán las disposiciones aplicables. SECCIÓN III DE LAS FACULTADES DE LA SECRETARÍA

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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