- Ley
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Órgano, que es el grupo que toma decisiones, tendrá una primera sesión especial para empezar a funcionar, y después todas las demás sesiones deberán seguir este orden: primero se revisa que haya suficientes personas presentes para poder decidir (eso es el quórum), luego se lee y aprueba la lista de temas a tratar (orden del día), después se lee y aprueba el acta de la junta anterior, luego se ven los temas que ya estaban programados y, por último, se tratan otros asuntos que alguien quiera mencionar.
Texto oficial
ARTÍCULO 18. Salvo en la sesión protocolaria de instalación, las sesiones del Órgano se llevarán a cabo de acuerdo con el orden siguiente: I. Comprobación de asistencia y verificación del quórum requerido; II. Lectura y aprobación del orden del día; III. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior; REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 7 de 21 IV. Desahogo de asuntos programados conforme al orden del día y, V. Asuntos generales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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