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Ley
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano, que es el grupo que toma decisiones, tendrá una primera sesión especial para empezar a funcionar, y después todas las demás sesiones deberán seguir este orden: primero se revisa que haya suficientes personas presentes para poder decidir (eso es el quórum), luego se lee y aprueba la lista de temas a tratar (orden del día), después se lee y aprueba el acta de la junta anterior, luego se ven los temas que ya estaban programados y, por último, se tratan otros asuntos que alguien quiera mencionar.

Texto oficial

ARTÍCULO 18. Salvo en la sesión protocolaria de instalación, las sesiones del Órgano se llevarán a cabo de acuerdo con el orden siguiente: I. Comprobación de asistencia y verificación del quórum requerido; II. Lectura y aprobación del orden del día; III. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior; REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 7 de 21 IV. Desahogo de asuntos programados conforme al orden del día y, V. Asuntos generales.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (pág. 6) ↗

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