- Ley
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 38 dice que el programa de desarrollo social debe incluir varias cosas para cumplir la ley. Por ejemplo, debe tener estrategias para que todos puedan acceder a sus derechos y formas de medir si se está avanzando. También debe incluir cómo medir la desigualdad, cómo integrar la perspectiva de género y la diversidad social en los programas, y cómo los ciudadanos pueden participar en su diseño y evaluación. Además, debe asegurar que el dinero y los apoyos no se usen para fines políticos o electorales, y debe medir la igualdad de género.
Texto oficial
ARTÍCULO 38. Para garantizar la incorporación de los principios de la Ley en el Programa de Desarrollo Social, éste deberá incluir, de conformidad a lo previsto en el artículo 28 de la Ley, lo siguiente: I. Estrategias para el logro de la universalidad de los derechos de desarrollo social e indicadores de medición de avance de su cumplimiento; II. Instrumentos y mecanismos para la construcción de indicadores para la medición de la desigualdad y la exclusión social; III. Estrategias, mecanismos e instrumentos para la incorporación de la perspectiva de género en la formulación, diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas y del análisis presupuestal; IV. Instrumentos y mecanismos para la incorporación de la perspectiva de la diversidad social y cultural en las políticas y programas; V. Mecanismos de articulación y complementación entre programas para el logro de la integralidad de la política social; VI. Definición de criterios de prioridad para los programas que requieran de una estrategia de territorialización; VII. Mecanismos específicos para la exigibilidad en el acceso y cumplimiento de los programas; REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 11 de 21 VIII. Mecanismos, procedimientos y tiempos para la participación de la ciudadanía en el diseño, seguimiento, aplicación y evaluación de los programas sociales; VIII. Medidas concretas para el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el cumplimiento de la Ley y este Reglamento; IX. Medidas concretas para el cumplimiento de la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal, indicadores de costo-beneficio de los programas, la optimización de tiempos de atención y límites para la autoridad en los tiempos de respuesta y establecimiento de mecanismos de evaluación de la vocación de servicio y la calidad de atención a la ciudadanía; X. Medidas concretas para el cumplimiento de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal, y XI. Instrumentos, mecanismos e indicadores para la construcción del índice global del cumplimiento de los derechos humanos integrales y del desarrollo social en el Distrito Federal. XII. Criterios, lineamientos y mecanismos para controlar efectivamente que los recursos, apoyos, subsidios y beneficios de carácter material y económico que otorgue la Administración Pública del Distrito Federal, para la ejecución de los programas de desarrollo social, se ajuste a las previsiones legales correspondientes y no se usen con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos por la normatividad aplicable, y XIII. Metodologías para la construcción de indicadores de igualdad y potenciación de la igualdad de género. XIV. Metodologías para la construcción de indicadores de igualdad y potenciación de la igualdad de género.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.