- Ley
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 44 dice que, para hacer el proyecto de presupuesto de egresos (que es el plan de gastos del gobierno), deben incluir un análisis donde expliquen cuáles son las prioridades del gasto en desarrollo social (como salud, educación o vivienda) y cómo se caracteriza ese gasto. Además, ese análisis debe mostrar si realmente el gasto social aumentó en comparación con el año anterior, tomando en cuenta la inflación (el aumento de precios). En otras palabras, el gobierno tiene que ser claro sobre cuánto y en qué gasta en programas sociales, y demostrar que ese dinero sí crece de verdad cada año.
Texto oficial
ARTÍCULO 44. En la integración del proyecto de presupuesto de egresos se incluirá un análisis en el que se muestren las características y prioridades del gasto público de desarrollo social y la medida en que se logra su aumento real anual.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.