- Ley
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cumplir con lo que dice la Ley y su Reglamento, el gobierno se compromete a organizar cursos y talleres. Estos van enfocados en enseñar sobre derechos que tenemos todas las personas, como salud o vivienda, y cómo evitar la discriminación. También busca que los servidores públicos se vuelvan más expertos en estos temas. En pocas palabras, quiere que tanto ciudadanos como autoridades sepan defender y respetar los derechos de todos por igual.
Texto oficial
ARTÍCULO 6. Para lograr el objeto de la Ley y el Reglamento, la Administración promoverá y desarrollará actividades de capacitación y profesionalización en la materia de derechos sociales universales y no discriminación. CAPÍTULO II DEL CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL Y DE LOS CONSEJOS DELEGACIONALES DE DESARROLLO SOCIAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.