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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-desarrollo-social-distrito-federal/62
Ley
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Artículo
62

Artículo 62 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de esto) va a ayudar a juntar dinero en unos "Fondos de Desarrollo Social". Estos fondos se usarán para lograr lo que dice el artículo 41 de esta Ley, como mejorar la vida de la gente. Todo se hará siguiendo las reglas y leyes que ya están establecidas. En otras palabras, el gobierno va a crear una especie de alcancía con dinero para proyectos sociales, pero siempre cumpliendo con lo que manda la ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 62. La Secretaría promoverá la integración de Fondos de Desarrollo Social para cumplir con los propósitos a que se refiere el artículo 41 de la Ley, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (pág. 18) ↗

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