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Ley
Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona o empresa (como un gimnasio o una asociación) quiere registrar un evento deportivo, tiene que entregar estos papeles: mostrar si el evento es público o privado, explicar para qué sirve, decir quién lo patrocina (si es que tiene patrocinador), y quién se encarga de organizarlo. También debe cumplir lo que pida el Instituto del Deporte de tu estado y, si se necesita, tener los permisos de las autoridades. Por último, si aplica, debe contar con el visto bueno de la asociación o federación deportiva que le toque según el deporte del evento.

Texto oficial

Artículo 22. Las personas físicas o morales que soliciten el registro de eventos deportivos, deberán proporcionar los datos y documentos siguientes: a) Los que acrediten el carácter público o privado del evento; b) Los fines propios del evento; c) El patrocinador, si lo hubiere; d) El responsable de la organización; e) Reunir los requisitos que al efecto señale el Instituto; f) En su caso, las autorizaciones administrativas que requiera la realización del evento; y, g) En su caso, el aval de la Asociación Deportiva Estatal o Federación Deportiva del deporte específico, correspondiente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal (pág. 7) ↗

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