Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-educacion-fisica-deporte-distrito-federal/40
Ley
Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Artículo
40

Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité es el grupo de personas que se encarga de organizar y gestionar todo lo relacionado con el deporte en cada Delegación. Trabaja junto con el Sistema de Cultura Física y Deporte para asegurarse de que los programas deportivos y de ejercicio se lleven a cabo correctamente. Su objetivo principal es promover que más personas hagan deporte y se mantengan activas físicamente.

Texto oficial

Artículo 40. El Comité es el órgano encargado de administrar la actividad deportiva en cada Delegación, en coordinación con el Sistema de Cultura Física y Deporte, con el fin de aplicar los programas tendientes a fomentar la cultura física y el deporte.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.