- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 41
Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité es un grupo que ayuda y da consejos sobre deporte y ejercicio en tu Delegación. Cada año debe preguntar a la gente qué opina sobre estos temas y contarle los resultados al Sistema de Cultura Física y Deporte. También tiene que seguir las reglas que ponga ese Sistema, organizar actividades en las instalaciones deportivas de tu zona y aplicar los programas del Instituto. Además, debe proponer nuevos programas, mantener en buen estado las instalaciones, asegurarse de que todos puedan usarlas y entregar cada seis meses una lista actualizada de información al Instituto.
Texto oficial
Artículo 41. El Comité actuará como órgano, de asesoría, apoyo y consulta, y tendrá como obligaciones las siguientes: I. Realizar anualmente consultas públicas en materia de la cultura física y el deporte dentro de sus respectivas Delegaciones; II. Informar al Sistema de Cultura Física y Deporte los resultados obtenidos de las consultas públicas; III. Atender los criterios y lineamientos que establezca el Sistema de Cultura Física y Deporte; IV. Coordinar las actividades programadas en las Instalaciones de su respectiva Delegación; V. Aplicar el Programa que emita el Instituto; VI. Elaborar y presentar al Instituto propuestas de programas que coadyuven al desarrollo de la cultura física y el deporte; VII. Facilitar las condiciones para el uso de las instalaciones por los usuarios; VIII. Garantizar el buen estado de las instalaciones; IX. Coadyuvar con el Sistema de Cultura Física y Deporte en los trabajos de medición respecto a la incidencia del Programa en aspectos socio-deportivos que se obtengan en cada Delegación; X. Expedir los lineamientos para su organización y funcionamiento interno; y XI. Entregar semestralmente al Instituto la Base de Datos actualizada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.