- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 109
Artículo 109 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría solo va a enseñar a los Usuarios Institucionales (como oficinas de gobierno) cómo usar el Sistema, nada más. No les va a dar cursos sobre otros temas, solo sobre su funcionamiento básico. Esto aplica para las Alcaldías, que son las que reciben esta capacitación. En pocas palabras, si trabajas en una Alcaldía, te enseñarán a manejar el Sistema, pero no a hacer otras cosas.
Texto oficial
Artículo 109. La Secretaría capacitará a los Usuarios Institucionales exclusivamente respecto de la operación del Sistema. CAPÍTULO SEGUNDO LAS ALCALDÍAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.