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Ley
Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México 
Artículo
117

Artículo 117 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México 

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cualquier revisión o inspección que hagan las autoridades en negocios de la Ciudad de México debe hacerse siguiendo las reglas establecidas en varias leyes locales. Las autoridades tienen que actuar conforme a la ley, darte certeza de lo que están haciendo y respetar tu derecho a un proceso justo. En pocas palabras, no pueden llegar a tu negocio a hacer una revisión como se les ocurra; deben seguir un procedimiento legal bien definido en los reglamentos de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 117. Todas las actuaciones realizadas por las Autoridades competentes en materia de verificaciones administrativas respecto de establecimientos mercantiles deberán apegarse a los principios de legalidad, certeza jurídica y debido proceso, así como sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley del Instituto de Verificación Administrativa, su Reglamento, la Ley del Procedimiento Administrativo, este Reglamento (todos vigentes en la Ciudad de México) y demás normativa aplicable en la materia. TÍTULO QUINTO DERECHOS DE LOS TITULARES Y CLIENTES CAPÍTULO PRIMERO DERECHOS DE LOS TITULARES

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México  (pág. 19) ↗

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