- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 117
Artículo 117 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cualquier revisión o inspección que hagan las autoridades en negocios de la Ciudad de México debe hacerse siguiendo las reglas establecidas en varias leyes locales. Las autoridades tienen que actuar conforme a la ley, darte certeza de lo que están haciendo y respetar tu derecho a un proceso justo. En pocas palabras, no pueden llegar a tu negocio a hacer una revisión como se les ocurra; deben seguir un procedimiento legal bien definido en los reglamentos de la ciudad.
Texto oficial
Artículo 117. Todas las actuaciones realizadas por las Autoridades competentes en materia de verificaciones administrativas respecto de establecimientos mercantiles deberán apegarse a los principios de legalidad, certeza jurídica y debido proceso, así como sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley del Instituto de Verificación Administrativa, su Reglamento, la Ley del Procedimiento Administrativo, este Reglamento (todos vigentes en la Ciudad de México) y demás normativa aplicable en la materia. TÍTULO QUINTO DERECHOS DE LOS TITULARES Y CLIENTES CAPÍTULO PRIMERO DERECHOS DE LOS TITULARES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.