- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 122
Artículo 122 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En todas las tiendas, restaurantes o negocios de la Ciudad de México, tú como cliente tienes derecho a que te atiendan con respeto y amabilidad. El dueño del negocio y sus empleados deben darte información clara y no pueden tratarte mal por tu raza, dinero, clase social, cuerpo o preferencias sexuales. Nadie puede hacerte menos por estas razones.
Texto oficial
Artículo 122. En todos los establecimientos mercantiles de la Ciudad de México, los clientes o usuarios tienen derecho a recibir un servicio respetuoso, cordial e informado por parte del Titular y del personal que lo atiende, sin menoscabo de su raza, condición económica, social, física o sexual.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.