- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Alcaldías no pueden negarse a recibir un trámite de bajo impacto o impacto vecinal solo porque sí. Si tú o tu representante legal no suben todos los documentos necesarios al Sistema, la Alcaldía debe seguir el procedimiento que marca la ley, no puede rechazar tu solicitud de inmediato. Para trámites de establecimientos de Impacto Zonal, la Alcaldía te avisará una sola vez para que en 5 días hábiles arregles el error; si no lo haces a tiempo, tu solicitud se considera como no presentada. Si subes información o documentos falsos en tus avisos o permisos, se aplicará lo que dice la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, y además podrías enfrentar sanciones penales.
Texto oficial
Artículo 19. Las Alcaldías no podrán rechazar de oficio trámites de bajo impacto o impacto vecinal, por lo que en los casos en los que el Titular o su representante legal no hubieren presentado a través del Sistema los requisitos u omitieran acompañar los documentos digitalizados previstos como requisitos en la Ley y demás ordenamientos aplicables, se deberá llevar el procedimiento legal aplicable. En los casos de los trámites de los establecimientos mercantiles de Impacto Zonal, la Alcaldía deberá prevenirlos por una sola vez, para que dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la notificación de dicha prevención, subsanen la falta o irregularidad; de no desahogar la prevención en tiempo y forma, la solicitud se tendrá por no presentada. Cuando para la tramitación de Avisos o solicitudes de permisos en el Sistema, los Titulares o su representante legal registren información o documentos que resultaren falsos, se estará a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.