- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es la encargada de explicar cómo se entienden las reglas de este Reglamento, pero tiene que hacerlo junto con la Consejería Jurídica. Esto aplica solo para asuntos administrativos, no para otros temas legales. En pocas palabras, si tienes dudas sobre cómo aplicar alguna regla, estas dos dependencias son las que deciden su significado.
Texto oficial
Artículo 3. La interpretación de las disposiciones del presente Reglamento, para efectos administrativos corresponde a la Secretaría, en coordinación con la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.