- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El aviso de traspaso de establecimientos mercantiles de bajo impacto se hace en línea, sin costo, usando el Sistema. No necesitas que ninguna autoridad te dé permiso o te lo apruebe. Solo avisas que cambiaste de dueño en el Sistema y listo. Esto aplica solo para negocios considerados "de bajo impacto".
Texto oficial
Artículo 44. El aviso de traspaso de establecimientos mercantiles de bajo impacto se realizará de manera gratuita a través del Sistema y no requiere la aprobación de ninguna autoridad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.