- Ley
- Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema es la única forma en que tú, como titular, puedes entregar avisos, pedir permisos o autorizaciones. Por eso, nadie puede pedirte requisitos extra que no estén en los formularios oficiales. En otras palabras, lo que está escrito en los formatos es lo único que tienes que presentar.
Texto oficial
Artículo 9. El Sistema es el único medio para que los Titulares presenten avisos, solicitudes de permiso o autorizaciones, por lo que no podrá ser solicitado ningún requisito adicional a lo establecido en los formularios correspondientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.