- Ley
- Reglamento de la Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal en Actos, Procedimientos y Trámites a Cargo de la Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal en Actos, Procedimientos y Trámites a Cargo de la Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si usas una firma electrónica, tienes que checar antes que tu certificado esté vigente, no dejar que nadie más use tu clave privada y pedir que la cancelen si crees que está en riesgo. También eres responsable si usas tu clave descuidadamente. Debes guardar tus datos de firma en un lugar seguro y mantener el control total sobre ellos.
Texto oficial
Artículo 13. Los Firmantes tendrán las siguientes obligaciones: I. Verificar la vigencia del certificado electrónico previo al proceso de firmado; II. Evitar el uso no autorizado de su Clave Privada; III. Solicitar la revocación de su certificado electrónico cuando considere que su Clave Privada, o el dispositivo que la contiene, está comprometida o en riesgo; IV. Responder por el uso de su Clave Privada, cuando hubiere actuado con descuido o negligencia en su utilización; V. Resguardar en un medio electrónico, óptico o magnético la confidencialidad de los elementos de creación de Firma Electrónica Avanzada; VI. Mantener un control personal y exclusivo sobre los datos de creación de Firma Electrónica Avanzada, y VII. Las demás que se establezcan en las disposiciones aplicables. Segunda Sección De las actuaciones y trámites electrónicos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.