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Ley
Reglamento de la Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal en Actos, Procedimientos y Trámites a Cargo de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal en Actos, Procedimientos y Trámites a Cargo de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría (la autoridad que revisa cómo gasta el gobierno) tiene que asegurarse de que todo lo que haga la Administración Pública por internet y con firma electrónica avanzada sea legal y confiable. Esto es para que siempre haya certeza de que los trámites en línea son válidos y seguros. En otras palabras, vigilan que no haya trampas ni errores cuando uses tu firma electrónica para hacer trámites con el gobierno. Así, tú puedes estar tranquilo de que esos procesos son correctos y tienen validez oficial.

Texto oficial

Artículo 19. A efecto de que invariablemente se cumpla con los principios de seguridad y certeza jurídica, la Contraloría vigilará el cumplimiento de las normas aplicables a las actuaciones que por medios electrónicos realice la Administración Pública mediante el uso de la firma electrónica avanzada en el ámbito de su competencia.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal en Actos, Procedimientos y Trámites a Cargo de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.