Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-fomento-actividades-desarrollo-social-organizaciones-civiles/49
- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
- Artículo
- 49
Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría, por medio de la Dirección, es la que tiene la chamba de juntar, ordenar y mantener el registro. Esto significa que ellos se encargan de que todos los datos estén completos y en orden. Básicamente, son los responsables de que el registro esté bien armado y funcionando.
Texto oficial
Artículo 49. Corresponde a la Secretaría, a través de la Dirección, integrar y organizar el registro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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