- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
- Artículo
- 58
Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría se encargará de revisar y procesar tu queja (llamada recurso de inconformidad) siguiendo las reglas que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esto significa que el gobierno atenderá tu reclamo paso a paso, como lo indica esa ley, para decidir si te dan la razón o no. No tienes que preocuparte por los detalles legales; la autoridad se encarga de checar que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 58. La Secretaría sustanciará el recurso de inconformidad de acuerdo a lo que establece la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.