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Ley
Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
Artículo
72

Artículo 72 del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si metes la pata y no cumples con lo que dice esta ley, la Dirección te va a aplicar un castigo. Esos castigos son los mismos que ya vienen escritos en el artículo 12 de la misma ley. Básicamente, si haces algo mal, te tocará pagar una multa o recibir otra consecuencia que ahí se menciona.

Texto oficial

Artículo 72. La Dirección aplicará las sanciones establecidas en el artículo 12 de la Ley.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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