- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo de Fomento Cooperativo del Distrito Federal es un grupo de personas que dan opiniones y consejos sobre cooperativas. No toma decisiones, solo ayuda y asesora. Lo forman representantes del gobierno, de cooperativas y de grupos que trabajan con cooperativas en la Ciudad de México. También participan instituciones que dan ayuda técnica y otras organizaciones relacionadas con el tema. Su función es analizar todo lo que tenga que ver con el fomento de las cooperativas.
Texto oficial
Artículo 14. Carácter del Consejo.- El Consejo Consultivo de Fomento Cooperativo del Distrito Federal es un órgano de consulta, asesoría y análisis en la materia, integrado por representantes de la Administración Pública, de las sociedades cooperativas y organismos de integración domiciliados en el Distrito Federal, de las instituciones de asistencia técnica, así como de las organizaciones relacionadas con prácticas cooperativas del sector cooperativo del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.