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Ley
Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo de Fomento Cooperativo del Distrito Federal es un grupo de personas que dan opiniones y consejos sobre cooperativas. No toma decisiones, solo ayuda y asesora. Lo forman representantes del gobierno, de cooperativas y de grupos que trabajan con cooperativas en la Ciudad de México. También participan instituciones que dan ayuda técnica y otras organizaciones relacionadas con el tema. Su función es analizar todo lo que tenga que ver con el fomento de las cooperativas.

Texto oficial

Artículo 14. Carácter del Consejo.- El Consejo Consultivo de Fomento Cooperativo del Distrito Federal es un órgano de consulta, asesoría y análisis en la materia, integrado por representantes de la Administración Pública, de las sociedades cooperativas y organismos de integración domiciliados en el Distrito Federal, de las instituciones de asistencia técnica, así como de las organizaciones relacionadas con prácticas cooperativas del sector cooperativo del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal (pág. 7) ↗

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