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Ley
Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer acuerdos con grupos del gobierno, empresas privadas y organizaciones de la sociedad para cumplir con el Programa de Fomento y Desarrollo Cultural. Cuando firman esos acuerdos, todas las partes que forman parte del Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural están obligadas a cumplirlos; no es opcional. O sea, si alguien se compromete, tiene que cumplir, no puede echarse para atrás.

Texto oficial

Artículo 13.- Los mecanismos de coordinación que establezca la Secretaría con organismos públicos, privados y sociales, a efecto de cumplir con el Programa de Fomento y Desarrollo Cultural, tendrán carácter vinculante para las partes que conforman el Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA COORDINACIÓN CON LA FEDERACIÓN Y CON OTRAS INSTANCIAS, INSTITUCIONES, ORGANISMOS Y ORGANIZACIONES

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal (pág. 3) ↗

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