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Ley
Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de una junta normal, el secretario técnico les va a pedir a los miembros del Consejo que le manden los temas que quieren tratar y los papales que los respalden. El Presidente decide si esos temas se incluyen en la lista de lo que se va a hablar. Si se necesita una junta urgente fuera de lo normal, la razón de la urgencia y por qué hay que atenderla rápido debe estar explicada desde la convocatoria.

Texto oficial

Artículo 24.- Previa la convocatoria a sesión ordinaria, el secretario técnico solicitará a los miembros del Consejo la propuesta de temas o asuntos a tratar con el soporte documental correspondiente. El Presidente autorizará, en su caso, su inclusión en el orden del día respectivo. La determinación de convocar a sesión extraordinaria, deberá incluir la motivación de la urgencia del caso y la necesidad de su pronta atención y solución.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal (pág. 7) ↗

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