- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
- Artículo
- 33
Artículo 33 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 33 dice que todas las personas y autoridades que forman parte del sistema cultural de la Ciudad de México deben respetar y fomentar que la gente participe de distintas maneras. Esa participación es muy importante para crear, revisar y llevar a cabo las políticas culturales. En otras palabras, no solo las autoridades deciden; la opinión y colaboración de la ciudadanía también cuenta para hacer las leyes y programas de cultura.
Texto oficial
Artículo 33.- Las autoridades y los actores que conforman el Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural del Distrito Federal, observarán y promoverán las diferentes formas de participación, considerando que éstas son un componente sustancial del proceso de diseño, evaluación y ejecución de las políticas culturales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.