- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura va a hacer más fuertes los programas para compartir y conectar la cultura con la gente, como parte importante de su plan de trabajo. Para lograrlo, va a crear formas más fáciles de comunicarse y trabajar con personas y organizaciones del gobierno, empresas y grupos de la sociedad que se dedican a difundir la cultura. También va a poner en marcha un Sistema de Información Cultural de la Ciudad de México, que será como una base de datos o plataforma para que todos puedan acceder a información sobre actividades culturales.
Texto oficial
Artículo 36.- La Secretaría de Cultura fortalecerá los programas de difusión y vinculación de la cultura como parte sustancial de la Política Cultural, a través de mecanismos que faciliten la comunicación y vinculación con los actores públicos, privados y sociales relativos a la difusión cultural, estableciendo un Sistema de Información Cultural del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.