- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
- Artículo
- 40
Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se va a hacer el diagnóstico de la situación cultural de la Ciudad de México. Primero, la Secretaría de Cultura va a hacer acuerdos con otras instituciones para que recaben y organicen información confiable sobre la cultura, de modo que cualquiera pueda revisarla y discutirla. También van a trabajar con las alcaldías y casas de cultura para que más personas participen en estos procesos. Además, capacitarán a los promotores culturales para que tengan más peso en las decisiones sobre políticas culturales y organizarán congresos y conferencias para actualizar los temas de arte y cultura. Finalmente, toda esta información se publicará en internet y otros medios para que todos los habitantes de la ciudad puedan consultarla.
Texto oficial
Artículo 40.- El diagnóstico de la situación cultural del Distrito Federal, se fundará en una política de investigación, reflexión y discusión, para lo cual la Secretaría observará la siguiente metodología: I. Establecerá convenios de colaboración y apoyo con instituciones públicas, privadas y/o sociales a fin de que éstas desarrollen categorías e indicadores mediante los cuales se levante, organice e interprete la información sobre la situación cultural del Distrito Federal, a fin de contar con información objetiva y confiable, susceptible de ser verificada, analizada y discutida por los actores que conforman el Sistema. II. En colaboración con las Delegaciones y los centros y casas de cultura, se establecerán mecanismos de participación en espacios públicos, comunitarios y vecinales a efecto de generan una mayor inclusión en los procesos de consulta popular. III. Los promotores culturales, de los sectores público, privado y social, serán capacitados en los temas señalados por el artículo 19 del presente Reglamento, a fin de garantizar una participación con mayor capacidad de influencia en el ciclo de las políticas culturales. IV. En conjunto con las delegaciones, centros y casas de cultura, establecerán una política de reflexión y debate sobre temas culturales, en colaboración con instancias de los sectores público, privado y social, y centros de investigación y capacitación, a fin de actualizar los temas relativos a la cultura y las artes. Para este efecto, se deberán realizar congresos, encuentros y conferencias sobre temas relativos a las políticas culturales, a los actores fundamentales, las prácticas culturales y otros que se definan por su importancia. V. La información obtenida se publicará en los medios disponibles así como en los respectivos sitios de Internet, para garantizar el mayor acceso y cobertura entre los habitantes del Distrito Federal. VI. Sin perjuicio del plazo que establece la Ley para la emisión del Programa, los procesos de investigación, reflexión y debate se entienden constitutivos y por tanto permanentes de la política cultural.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.