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Ley
Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Artículo
44

Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los programas culturales deben buscar llegar a más personas con bienes y servicios culturales, apoyar a los artistas y capacitar a quienes promueven la cultura. Para lograrlo, el programa va a establecer metas claras, como aumentar la cantidad de gente beneficiada y medir cómo mejora su bienestar en la sociedad.

Texto oficial

Artículo 44.- Las metas del Programa considerarán la mayor cobertura de la población de bienes y servicios culturales, el fomento y promoción de industrias culturales, apoyo a creadores y el diseño de programas de formación y capacitación de promotores culturales. Para ello el Programa definirá claramente los objetivos y estrategias para el cumplimiento de dichas metas, reflejado en términos de incremento en el número de beneficiarios y el impacto medido a través de incremento del bienestar social.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal (pág. 12) ↗

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