- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, para promover la cultura popular, el gobierno va a ayudar y trabajar junto con empresas y organizaciones para crear centros donde la gente pueda capacitarse y desarrollar negocios o proyectos culturales. También se van a generar industrias relacionadas con el arte, las tradiciones y el folclor mexicano. Todo esto lo harán en coordinación con instituciones públicas (como dependencias de gobierno), privadas (empresas) y sociales (como colectivos o asociaciones). En pocas palabras, buscan que más personas tengan oportunidades para aprender y trabajar en actividades culturales.
Texto oficial
Artículo 9o.- En materia de fomento de la cultura popular, las autoridades promoverán, apoyarán y coordinarán con instancias públicas, privadas y sociales, el establecimiento de centros de capacitación y de fomento y desarrollo de industrias y empresas culturales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.