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Ley
Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres usar los servicios del Instituto, tienes que hacer lo siguiente: primero, llenar una solicitud por escrito con el formato que viene en el Manual de Trámites y Servicios de la CDMX. Luego, debes decir exactamente qué servicio necesitas y, si aplica, incluir el recibo de pago de las cuotas. Además, si eres una empresa o asociación (persona moral), debes entregar una copia certificada de tu acta constitutiva, más otra copia simple para que la cotejen, y un documento notarial que demuestre quién es el representante legal.

Texto oficial

Artículo 24.- Para los servicios a cargo del Instituto, se deberá: Presentar solicitud por escrito, en el formato que se establezca en el Manual de Trámites y Servicios del Distrito Federal; Especificar el servicio requerido; Adjuntar, en su caso, el recibo de pago de las cuotas de recuperación; y Para el caso de personas morales, adjuntar: Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura constitutiva; y Instrumento notarial que acredite la personalidad del promovente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.