- Ley
- Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres usar los servicios del Instituto, tienes que hacer lo siguiente: primero, llenar una solicitud por escrito con el formato que viene en el Manual de Trámites y Servicios de la CDMX. Luego, debes decir exactamente qué servicio necesitas y, si aplica, incluir el recibo de pago de las cuotas. Además, si eres una empresa o asociación (persona moral), debes entregar una copia certificada de tu acta constitutiva, más otra copia simple para que la cotejen, y un documento notarial que demuestre quién es el representante legal.
Texto oficial
Artículo 24.- Para los servicios a cargo del Instituto, se deberá: Presentar solicitud por escrito, en el formato que se establezca en el Manual de Trámites y Servicios del Distrito Federal; Especificar el servicio requerido; Adjuntar, en su caso, el recibo de pago de las cuotas de recuperación; y Para el caso de personas morales, adjuntar: Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura constitutiva; y Instrumento notarial que acredite la personalidad del promovente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.