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Ley
Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que revisar y aprobar la calidad de los planteles escolares (como escuelas, aulas o laboratorios) sirve para asegurarse de que cumplen con todas las reglas de construcción, seguridad y funcionamiento marcadas por la ley. Es como cuando un especialista checa que una escuela esté bien hecha y sea segura, y luego da un visto bueno oficial. Solo así se garantiza que las instalaciones educativas sean adecuadas para los estudiantes.

Texto oficial

Artículo 26.- La evaluación, dictamen y certificación de la calidad de la infraestructura física educativa, tiene por objeto garantizar que las instalaciones educativas, cumplan con las disposiciones de la Ley, de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, el presente Reglamento y los lineamientos generales, normas y especificaciones técnicas que de ellos se deriven.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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