- Ley
- Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
- Artículo
- 29
Artículo 29 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser evaluador certificado, necesitas haber terminado la carrera de Arquitectura, Ingeniería-Arquitectura, Ingeniería Civil, Ingeniería en Construcción Militar o Ingeniería Municipal. Debes entregar una solicitud por escrito con: copia certificada de tu cédula profesional (tu título registrado), los carnets que comprueben que tienes 5 años de experiencia como Director Responsable de Obra, y documentos que demuestren experiencia en infraestructura educativa física (como escuelas). También tienes que aceptar por escrito tomar los cursos de capacitación y actualización que dé el Instituto. Por último, para recibir la certificación, es obligatorio aprobar esos cursos.
Texto oficial
Artículo 29.- Para obtener la certificación como evaluador, el interesado deberá acreditar, haber concluido estudios profesionales en: Arquitectura, Ingeniería-Arquitectura, Ingeniería Civil, Ingeniería en Construcción Militar o Ingeniería Municipal. Para efecto de lo anterior, el interesado presentará solicitud por escrito, a la que deberá anexar lo siguiente: Copia certificada de la cédula profesional; Original y copia simple para cotejo de los carnets que acrediten 5 años de experiencia como Director Responsable de Obra; Original y copia simple para cotejo de los documentos que acrediten experiencia como Director Responsable de Obra en infraestructura educativa física; y Aceptar expresamente participar en los programas de capacitación y actualización que imparta el Instituto. Para obtener la certificación, será requisito aprobar los programas de capacitación que imparta el Instituto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.