- Ley
- Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México va a tratar la reparación y mantenimiento de las escuelas como algo súper importante y prioritario. El objetivo es encontrar qué necesita cada escuela para que esté segura y así evitar accidentes. Con esto, buscan proteger a los alumnos, maestros y todo el personal que trabaja en las instalaciones educativas.
Texto oficial
Artículo 3.- Las políticas públicas y acciones que en materia de infraestructura física educativa implemente la Administración Pública del Distrito Federal, serán de carácter esencial y estratégico y tendrán por objeto: reducir los factores de riesgo vulnerabilidad que presentan las instalaciones educativas, para salvaguardar la integridad física de los estudiantes, personal docente, administrativo y de apoyo, a través de la detección de necesidades en estas instalaciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.