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Ley
Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México va a tratar la reparación y mantenimiento de las escuelas como algo súper importante y prioritario. El objetivo es encontrar qué necesita cada escuela para que esté segura y así evitar accidentes. Con esto, buscan proteger a los alumnos, maestros y todo el personal que trabaja en las instalaciones educativas.

Texto oficial

Artículo 3.- Las políticas públicas y acciones que en materia de infraestructura física educativa implemente la Administración Pública del Distrito Federal, serán de carácter esencial y estratégico y tendrán por objeto: reducir los factores de riesgo vulnerabilidad que presentan las instalaciones educativas, para salvaguardar la integridad física de los estudiantes, personal docente, administrativo y de apoyo, a través de la detección de necesidades en estas instalaciones.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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