Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-infraestructura-fisica-educativa-distrito-federal/37
Ley
Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una escuela privada (desde básica hasta universidad) obtenga su certificado de infraestructura, debe cumplir con varios requisitos además de los que ya pide el reglamento. Primero, tienes que entregar documentos de construcción validados por un director de obra y por especialistas en seguridad y diseño. También debes demostrar que eres dueño legal del terreno y que éste cumple con las normas mexicanas para construir escuelas. Además, necesitas incluir la constancia que dice para qué está autorizado el uso del terreno, y probar que cumples con los lineamientos generales que haya fijado el Instituto.

Texto oficial

Artículo 37.- Para que las escuelas privadas de educación básica o de educación media superior o superior obtengan la certificación de infraestructura física educativa, además de los requisitos a que se refiere el artículo 24 del Reglamento, el solicitante deberá: Adjuntar la documentación que establecen los artículos 53 y 58 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, debidamente validados, según corresponda, por: Director Responsable de Obra; y Corresponsables en Seguridad Estructural, Diseño Urbano y Arquitectónico e Instalaciones. Acreditar la posesión legal del predio; Acreditar el cumplimiento de los requisitos de las Normas Mexicanas y Normas Técnicas para la selección de terrenos para la construcción de escuelas; Anexar constancia de uso de suelo; y Acreditar que se cumple con los lineamientos generales de certificación de infraestructura física educativa, que haya emitido el Instituto

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.