- Ley
- Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas o instituciones deben seguir todas las reglas que marca la Ley, este Reglamento, sus propios estatutos (que son como su manual interno) y cualquier otra norma que se aplique a lo que hacen. En otras palabras, tienen que cumplir con todo el conjunto de leyes y reglas que les correspondan.
Texto oficial
Artículo 3.- Las Instituciones se regirán por lo dispuesto en la Ley; en este Reglamento; en sus estatutos y demás normativa aplicable al marco de su actuación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.