- Ley
- Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Inventario de Emisiones de GEI es como un reporte que calcula los gases contaminantes que producen distintos sectores, como el transporte o la industria. Este documento lo prepara, maneja y publica el gobierno de la Ciudad de México (la Secretaría). Sirve para que las autoridades tomen decisiones sobre cómo reducir el cambio climático y adaptarse a sus efectos. También se usa para crear leyes, programas y planes que ayuden a cuidar el ambiente en la capital. En pocas palabras, es una herramienta clave para saber de dónde vienen los contaminantes y cómo combatirlos.
Texto oficial
Artículo 14.- El Inventario de Emisiones de GEI es el documento que reporta emisiones estimadas generadas por los diferentes sectores, así como compuestos de efecto invernadero, mismo que será integrado, operado y publicado por la Secretaría. El Inventario formará parte de la Estrategia Local para la toma de decisiones gubernamentales de mitigación y adaptación al cambio climático en el Distrito Federal, y será aplicable en políticas, programas, planes y regulación en esta materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.