- Ley
- Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
- Artículo
- 62
Artículo 62 del Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo lista toda la información que debe aparecer en un certificado de bonos de carbono cuando se registra en el sistema. Entre los datos obligatorios están: quién es el dueño, la fecha, el número de serie, las toneladas de CO2 que representa y si se trata de una reducción o captura de emisiones. También debe incluir los detalles de cada transacción, como quién vendió y quién compró, el precio por tonelada según el mercado, y cuánto se transfirió al fondo ambiental para el cambio climático. Básicamente, es como una factura o recibo muy completo que garantiza que todo quede registrado de manera clara y transparente.
Texto oficial
Artículo 62.- Con base en lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley, los certificados contendrán lo siguiente, al momento de su colocación en el Sistema Local de Bonos de Emisiones de Carbono: Nombre del titular del certificado; Fecha de expedición; Nombre del organismo autorizado emisor del certificado; Número de serie del certificado; Transacciones de reducción o capturas certificadas de Emisiones; Toneladas de bióxido de carbono o bióxido de carbono equivalente que ampara el certificado; Monto de la operación; La identificación del vendedor o del comprador; Fecha de la operación; Precio de la tonelada equivalente de acuerdo a la oferta y demanda del mercado al momento de su expedición o de su colocación en el Sistema Local de Bonos de Emisiones de Carbono, y La utilidad transferida al fondo ambiental para el cambio climático. CAPÍTULO IX DEL SISTEMA LOCAL DE BONOS DE EMISIONES DE CARBONO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.